22 de abril de 2011

Gobernadores de Santa Fe

A partir de 1810, ejercen el mando en Santa Fe tenientes de gobernadores, como en el período virreinal:


1810 Pedro T. de Larrechea y Melchor Echagüe (interinos) y Cnel. Manuel Ruiz

1812 Cnel. Juan Antonio Pereira y Cnel. Antonio Luis Beruti

1813 Cnel. Luciano Montes de Oca

1814 Cnel. Ignacio Alvarez Thomas y Gral. Eustaquio Díaz Vélez

1815. Francisco Antonio Candioti "El Prìncipe de los Gauchos", 1r. gob. elegido por el pueblo de Santa Fe (ciudad)

1815. Juan Francisco Tarragona.

1816-18 Mariano Vera

1818 Estanislao López. Reglamento Provisorio (1r. texto local en la Argentina)

1838 Domingo Cullen

1838 Juan Elías Galisteo

Juan Pablo López. Constitución de1841.

1842 Pascual Echagüe

29-2-1852 Domingo Crespo

13-2-1855 José M. Cullen. Revuelta dirigida por Juan P. López 18-7-56

3-9-1856 Juan P. López

4-9-59 Cnel. Rosendo M. Fraga (renunció 11-11-60). Convención Constituyente 1860. Creación de la Municipalidad de Rosario

9-12-60 Pascual Rosas

26-12-1861 Domingo Crespo (provisorio designado por Mitre).

21-2-62 Patricio Cullen (hermano de José María). 1863 Nueva constitución provincial.

23-2-1865 Nicasio Oroño (cuñado de los Cullen).Enseñanza primaria obligatoria. Guerra del Paraguay. Ley de colonización. Secularización de los cementerios. Ley de matrimonio civil. Conflicto con el obispo Gelabert. 1867. Intervención federal Eduardo Costa.

23-2-1868 Camilo Aldao (interino). Dr. Federico Ibarguren Pte. Cámara de Justicia

7-4--1868 Mariano Cabal.

7-4-1871 Simón de Iriondo. Constitución provincial. Se instituye el cargo de vicegobernador, siendo el primero Mariano Comas.

7.4.1874 Servando Bayo. Vice Juan Manuel Zavalla

7-4-1878 Simón de Iriondo (falleció 1883). Vice Manuel Echagüe.

7-4-1882 Manuel María Zavalla (presbítero). Vice Cándido Pujato, quien ejerció el mando la mayor parte del período por enfermedad de Zavalla (10-4-82 hasta 15-2-84).

1883 Reforma constitucional

7-4-1886 José Gálvez. Vice Juan M. Zavalla. Reforma constitucional

7-4-1890 Juan M. Cafferata.Vice José Elías Gollán. Revolución de 1893

1894 Luciano Leiva. Vice Eliseo W. Videla

18-2-98 Juan Bernardo de Iturraspe.Vice: Desiderio Rosas. Constitución provincial.

1902 Rodolfo Freyre. Vice: Miguel Grandoli.

1906 Pedro Echagüe.Vice: Vice: Gregorio García Vieira. Reforma constitucional.

1910 Ignacio Crespo.Vice: Pedro L. Funes (fallecido) (luego intervención federal Anacleto Gil)

1912 Manuel Menchaca – Ricardo Caballero

1916 Rodolfo Lehmann-Francisco de Elizalde. Renuncia de Elizalde (lo reemplazó el presidente del Senado, Juan Cepeda. Luego renunció Lehmann.

3.12.19 al 9.5.20 Juan Cepeda

Del informe del gob. en ejercicio Juan Cepeda a la Legislatura. 30.4.1920: Las elecciones provinciales del 1.2.1920 y nacionales del 7.3.20 han sido “luchas briosas y apasionadas”. “La anormal situación mantenida al no sancionarse desde hace varios años la ley de presupuesto y la falta de proporción entre el incremento de los gastos y el lento delos recursos.”
1920 Enrique Mosca-Clorindo Mendieta. Constitución de 1921. (Clorindo Mendieta, diputado por Rosario 1912-14. Intend..de Rosario 9.11.15 al 21.1.16. Vicegob. 9.5.20 al 9.5.24. Diputado nac. 1926-30.)

1924 Ricardo Aldao-Juan Cepeda.(Aldao fall.20.10.37, siendo senador prov.)

1928 Pedro Gómez Cello-Elías de la Puente

1930 Intervención Diego Saavedra

26.9.30 al 27.12.30. Se hace cargo el ministro de Hacienda Alejandro Bunge.

3.1.31 Guillermo Rothe

7.5.31 al 14.1.32 Alberto Arancibia Rodríguez

Juan Garro Allende hasta 20.2.1932



1932. 20.2. Luciano F. Molinas-Isidro Carreras

Intervención Manuel Alvarado 7.10.35 al 9.1.36

Carlos Bruchmann 9.1.36 al 10.4.37

1937 Manuel M. de Iriondo-Rafael Araya

1941 Joaquín Argonz- Emilio Leiva

1943 Intervención federal Tcnl. Benito Oiz, cap. de navío Julio C. Cárrega, Ing. Manuel Argüelles, Cnel. Arturo Saavedra, Alfonso Aldrey.

1946. 4.6. Waldino Cleto Suárez - Pardal. Había sido elegido Leandro S. Meiners, quien se suicidó antes de asumir y el Colegio Electoral, vuelto a reunirse, eligió a Suárez.

1948 Juan Hugo Caesar 4-6-49 a 4-52

1952 Luis Cárcamo 4-6-52 a 4-3-55

1954 Intervención Ricardo Anzorena 4-3-55 a 20-9-55

1955 Interv. Gral. Juan B. Pica 24-9-55 a 1-10-55

1955 Intervención Vicealmte. Carlos Garzoni 1-10-55 a 13-4-57

1957 Intervención Clodomiro Carranza 13-4-57 a 1-5-58

1958. 1.5. Carlos Silvestre Begnis-Alvaro González

1962 Intervención Gral. Cordes

1963. 12-10. Aldo Tessio-Eugenio Malaponte

1966 Intervención Ctlmte. Eladio Vázquez

1973. 25.5. Carlos Silvestre Begnis- Eduardo Cuello

1976 Intervención Almte. Desimone - Carlos Luchetta - Cassis – Oscar Salvi

1983. 10-12. José María Vernet-Carlos Aurelio Martínez

1987 Raúl Reviglio- Antonio Vanrell

1991 Carlos Reutemann-Miguel Robles

1995 Jorge Obeid- Gualberto Venesia

1999 Carlos Reutemann-Marcelo Muniagurria

2003 Jorge Obeid-María E. Bielsa

2007 Hermes Binner-Griselda Tessio

Luciano F. Molinas

Discurso pronunciado por el concejal Héctor R. Amez en el Concejo Deliberante de Rosario con motivo del fallecimiento del Dr. Luciano F. Molinas en la sesión del 9 de noviembre de 1973.

Un ciudadano ejemplar, repúblico insigne, demócrata ferviente, estadista probo, ha muerto hoy en Santa Fe.  El doctor Luciano F. Molinas tenía la vocación de la política y se entregó a ella con la pasión de los hombres de bien, que sienten los destinos del pueblo como cosa propia.

Desde muy joven desempeñó funciones legislativas en las que reveló la profundidad de su talento y de su conducta y a ellas las orientó fundamentalmente hacia las cuestiones económicas y financieras y demostró la versación propia del estadista.

Militó desde sus primeros días en el Partido Demócrata Progresista junto a hombres que en su momento daban lustre a la política de Santa Fe y trascendían al escenario nacional, y tuvo a su lado a Lisandro de la Torre, Francisco Correa, Enrique Thedy, Enzo Bordabehere, Mario y José Antelo, y a tal punto descolló su personalidad que bien pronto fue candidato a gobernador y a legislador nacional (antes había sido diputado provincial), como lo fue luego a convencional constituyente nacional y en esta provincia.

Profesor universitario, volcó en la cátedra esa misma conducta y ese mismo talento y tuvo entonces esa cátedra el prestigio propio de sus méritos. Sociología, economía y finanzas, sucesivamente, fueron las materias de su dictado. Justamente ayer se han cumplido 42 años desde el día que la provincia lo eligió gobernador. Era el mismo día en que el fraude electoral impedía el triunfo de la fórmula presidencial que integraban Lisandro de la Torre y Nicolás Repetto. La gobernación del doctor Molinas permitió apreciar las dotes de estadista de este hombre que llegaba a ese cargo a los 43 años de edad.

Fiel a sus convicciones y al programa de su partido, que para los hombres que compartían su ideario eran un programa de acción, hombres para quienes la dialéctica teoría-realidad era sólo un eufemismo tras la cual se escudan los que carecen de convicciones firmes, llevó a cabo una brillante tarea de renovación.

Apenas llegado a la función pública, elevó a la Legislatura el mensaje para poner en vigencia la Constitución de 1921, de acuerdo con el programa de su Partido.

Inmediatamente , en momentos en que la situación económica y financiera, como producto de una crisis que abarcaba el mundo entero, hacía sentir sus efectos sobre las finanzas de esta provincia, ya desquiciada por gobiernos anteriores, dispuso la moratoria de la deuda externa, que alarmó a los banqueros internacionales, que creían en ese momento verse libres de una crisis tan grave como no vivió el mundo en lo que va de este siglo. En poco tiempo arregló la deuda, consiguió importantes reducciones de intereses y amortizaciones y se reanudaron los pagos con gran ventaja para la Provincia.

De acuerdo con la Constitución del 21, fue reformada la ley de comunas y se aumentaron las facultades que tenían esos entre primarios del poder político de los pueblos. Por medio de convenciones constituyentes municipales, se dictaron las cartas orgánicas de las ciudades de Rosario y Santa Fe. Se estableció un régimen de control de las leyes laborales y de conciliación y arbitraje obligatorios en los conflictos de trabajo que, en su sustancia, aún están rigiendo en esta provincia. Se crearon los consejos escolares electivos para que el pueblo fuera el dueño de sus propias escuelas; se descentralizó la administración. Se estableció un impuesto a los latifundios y al ausentismo rural y se dictó la ley de colonización. El sistema policial y el carcelario fueron reformados: se terminó con la mafia que asolaba la provincia y se construyó la cárcel modelo de Coronda, con grandes talleres, donde los reclusos hacían trabajos útiles.

A pesar de la grave situación económica y financiera, se dió un impulso extraordinario a las obras públicas, que, fundamentalmente, estuvo concentrado en la edificación escolar y en la construcción de caminos pavimentados que llevaron a Santa Fe a tener la red más amplia de la República.

En su primer mensaje a la Legislatura, el Dr. Molinas, para asegurar la continuidad de la administración propone rebajar su propio sueldo de gobernador en más de un 40% y a partir de allí una escala reductora que llegaba a cero para los últimos agentes de la administración.

Podría señalarse mucho más sobre la obra de gobierno de Molinas, pero ese gobierno era un mal ejemplo dónde se enseñoreaba el fraude en la República y dónde hombres conscientes de sus intereses y de sus designios no podían seguir permitiendo este “mal ejemplo”. La Provincia fue intervenida.

Bajó Luciano Molinas de la función pública con la frente alta dando un manifiesto al pueblo en el cual explicaba su obra de gobierno y la situación a que era llevada la Provincia en ese momento.

Nadie pudo señalar al doctor Molinas el menor desliz en el manejo de la cosa pública. Y este hombre tan arraigado en sus convicciones, honesto y probo, repúblico integérrimo, cuando llegó el momento renunció a la jubilación que le era debida como ex mandatario de la Provincia y fue el único que vivió hasta el final de sus días sin cobrar esos emolumentos.

Vinieron para él y para toda su generación, épocas muy difíciles. El siguió fiel a sus convicciones y a su militancia política, siendo nuevamente candidato a gobernador y a presidente y vicepresidente de la Nación.

Hasta el último momento de su vida, a los 85 años, en que acaba de fallecer, el doctor Molinas mantuvo su plena lucidez a pesar del desmedro físico que lo aquejaba desde hace doce años-fue convencional constituyente de la Provincia en 1961- y mantenía el interés por todos los asuntos nacionales y del mundo, y a ellos se entregó con esa pasión con que había comenzado sus primeros años en la política.

Tuvo en su partido todos los honores. Era un hombre que a esta alltura de su vida, por los méritos de su acción de gobierno y por el ejemplo de su conducta estaba por encima de toda consideración partidista. Desempeñó como nadie la máxima función en esta Provincia. Su vida toda es un ejemplo.

Señor Presidente, solicito a este Honorable Cuerpo que, en homenaje a la memoria del doctor Luciano F. Molinas. sea levantada esta sesión.

Las Constituciones de Santa Fe


23.7.1918. Estanislao López, gobernador de Santa Fe

1819. Se dicta en la provincia la primera constitución al sur de los Estados Unidos. Juan F. Seguí es su redactor principal.
1841. Nueva Constitución. Gobierno de Juan P. López. Recoge influencias de las constituciones nacionales de 1819 y 1826 y otras provinciales, organiza los poderes legislativo y judicial, pero continúan las normas de intolerancia religiosa y política.

1856.Primera constitución provincial de Santa Fe sobre el molde de la Constitución Nacional de 1853. Aprobada por el Congreso Nacional, de acuerdo con lo establecido entonces por la misma. El poder legislativo está constituido por una sola cámara de 16 diputados, que entre sus funciones tiene la de nombrar el gobernador. Establece que en todos los departamentos se establecerán municipalidades.

1863. Hay una mayor precisión en los derechos individuales. La única cámara legislativa se elige en proporción a la cantidad de habitantes. El gobernador es nombrado por un colegio de electores, elegido popularmente.

1872. Gobernación de Simón de Iriondo. Se establece el sistema bicameral y se crea el cargo de vicegobernador, con la función de presidente del Senado. Concede a los extranjeros el voto en las elecciones municipales. El poder legislativo será a partir de entonces constituido por dos cámaras: diputados, elegidos en proporción a la cantidad de habitantes y el Senado, a razón de dos por departamento. Establece normas más precisas sobre las municipalidades y la elección de jueces de paz por los vecinos y el escrutinio por parte de los concejos deliberantes. Impone también la educación primaria obligatoria y gratuita.

1883.

1890.

1900.


1949.De acuerdo con la nueva Constituciòn Nacional, la Legislatura Provincial se constituye en convenciòn reformadora a fin de adecuar la norma provincial a las nuevas disposiciones de aquella. En 1957, al abrogarse esa Constituciòn Nacional, cayeron tambièn las reformas provinciales.

1962. Se sanciona la actualmente vigente.

La Constitución de Santa Fe de 1921

Plataforma del P.D.P. 

(Fuente: La Capital 26.9.20 y sgtes.)

1.     Asegurar las libertades individuales y los derechos políticos mediante recursos rápidos contra los abusos de la autoridad y por la responsabilidad personal, civil y comercial de quienes los cometieron.

  1. Creación de un régimen municipal autónomo:
    1. electividad de las ramas ejecutiva y deliberativa.
    2. independencia administrativa y financiera.
    3. policías municipales
  1. Extensión de las facultades de la Legislatura:
  2. Inamovilidad de los jueces.
  3. Atribución de la Legislativa para prorrogar sus sesiones.
  4. Justicia de paz electiva en la campaña.
  5. Designación de los tribunales superiores a propuesta de jueces y abogados.
  6. Creación de tribunales departamentales.
  7. Juicios por jurados.
  8. Supresión de trabas constituciones a la intervención del Estado en cuanto se refiere a la salud, bienestar y la distribución equitativa del trabajo de los habitantes de la provincia.
  9. Supresión en el régimen impositivo de toda limitación que pueda dificultar la creación de impuestos progresivos sobre el mayor valor o sobre las rentas.
  10. Consejos escolares autónomos electivos y dotados de rentas propias. Concesión del voto a las mujeres jefas de hogar.
  11. Prohibición de los gastos fuera de presupuesto por acuerdos de ministros.
  12. Elegibilidad popular del contador y del tesorero de la provincia, haciéndolos responsables de todo gasto no autorizado legislativamente.
  13. Supresión de bancos provinciales oficiales.
  14. La convención declara que la política social del P.D.P. está resumida en la plataforma electoral de febrero del cte. año.


Comunicado de la U.C.R. de Santa Fe

“De acuerdo a las doctrinas sustentadas en el manifiesto político y en las que se basa la abstención decretada por la agrupación en los comicios del 3 de octubre pro reformas de la Constitución, se ruega a los ciudadanos afiliados al Partido y a sus simpatizantes que voten en blanco”.  Junta de Gobierno.


Desarrollo de la Convención 

3.10.1920 Elecciones de convencionales. Fraudes.

28.10.20 al 3.11.20  Sesiones preparatorias

15.3.1921. Iniciación de las sesiones, que durarán 90 días. No pudo hacerlo.

18.4.1921. Efectivo comienzo de los debates.

13.8.1921. Sanción de la Constitución.

27.8.1921. Decreto del gobernador Enrique Mosca, que desconoce la Constitución.


Ver también Convención Constituyente Santa Fe: elecciones del 3.10.20